domingo, 1 de junio de 2008

PLIEGO MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE VIANA"

DESCARGA DEL ARCHIVO DOC


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y ECONÓMICAS PARA LA
CONTRATACION DE ASISTENCIA POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA
PARA EL MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE
VIANA"
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la realización de los
trabajos de mantenimiento de las zonas verdes dependientes del Ayuntamiento de Viana, de
conformidad con las estipulaciones del presente pliego y del pliego de prescripciones técnicas, que
tendrán carácter contractual.
2. PLAZO DE EJECUCION
El plazo de duración del contrato será de un año, a contar desde el día siguiente a la firma del
contrato.
Dicho contrato inicial se prorrogará tácitamente, sin que la duración total incluidas las prórrogas,
pueda exceder de cuatro años, por períodos de duración de un año, a partir de su vencimiento, salvo
denuncia por escrito del mismo por cualquiera de las partes con una antelación mínima de 60 días
naturales a la fecha de la finalización del periodo inicial o de cada una de las prórrogas.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio máximo del contrato se fija en 127.000 Euros anuales IVA incluido, cantidad que podrá
ser mejorada a la baja por los oferentes. A estos efectos, el abono del precio del contrato se realizará,
de conformidad con la oferta, en función de las labores realmente ejecutadas, sin que en ningún caso la
suma de las citadas cuantías pueda superar durante cada anualidad, el importe máximo que se fija.
El oferente, en la oferta económica que presente, deberá especificar el precio para cada una de
las labores en las distintas zonas, según las unidades de la tabla del Anexo del Pliego de prescripciones
técnicas.
Serán excluidas aquellas ofertas que presenten precio superior al del objeto del contrato
señalado en la presente cláusula.
4. FINANCIACION
Los gastos pertenecientes al año 2008 se atenderán con cargo al presupuesto vigente en dicho
año, quedando sometida la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y
suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio del año 2009, y en su
caso sucesivos.
El órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos
oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
5. FORMA DE PAGO
Mensualmente y en base a los partes de trabajo y a los precios ofertados por el adjudicatario,

1 de 17


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
el contratista preparará certificación y factura de las labores realizadas que deberá ser aprobada por
el Ayuntamiento para el posterior abono de la factura correspondiente. Este abono se realizará dentro
de los treinta días naturales siguientes de la presentación de la correspondiente factura en el registro
municipal.
6. REVISION DE PRECIOS
El presente contrato no será objeto de revisión de precios durante el primer año de su duración.
Para el segundo año y sucesivos, se aplicará al precio de la anualidad anterior la variación porcentual
experimentada por el IPC de Navarra, del año anterior.
7. GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas,
está obligado a constituir una garantía definitiva por importe de 4.380 €, valor estimado del contrato
correspondiente a una anualidad.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días hábiles contados a partir
del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, será depositada en Intervención
municipal y podrá constituirse bien en metálico o bien por cualquiera de los medios establecidos en el
artículo 95.2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley Foral 6/2006, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario
todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y al de
prescripciones técnicas, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista
la Administración.
A este efecto, la ejecución del contrato se desarrollará bajo la supervisión, inspección y control
del Ayuntamiento, que podrá dictar las instrucciones precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido,
y será quien señale en cada momento al contratista las labores a realizar.
Cuando el contratista o personas de él dependientes incurran en actos u omisiones que
comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento podrá exigir la adopción de
medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento implicará la imposición de las
penalidades que se contemplan en este pliego.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia
laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración
exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
 2 de 17


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
10. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS
DURANTE LA EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de
las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de
la Ley Foral 6/2006.
El contratista, será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las
prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la
Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones
incorrectas en la ejecución del contrato.
11. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público de conformidad
con las disposiciones de la Ley Foral 6/2006.
12. RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA
El plazo de garantía es de un año.
13. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCION
DEL CONTRATO Y SANCIONES
Si el contratista por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto del
cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, la Administración podrá optar indistintamente por la
resolución del mismo con pérdida de la garantía o por la imposición de una penalidad por importe de 50
euros diarios.
En ningún caso las penalidades por demora podrán exceder del 20% del presupuesto total del
contrato, por lo que una vez alcanzado este límite la Administración podrá optar entre la resolución de
aquel o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Si el contratista alguna de las condiciones y requisitos señalados en el presente Pliego o en la
Ley Foral 6/2006, de 9 de Junio, de Contratos Públicos, el Ayuntamiento, previa audiencia del
interesado, podrá imponer las sanciones que se señalan en los apartados siguientes, de acuerdo con
las diferentes causas que los hayan motivado.
El régimen jurídico que regirá la imposición de las “sanciones” será el propio de la relación
contractual entre el Ayuntamiento y el contratista, no siendo por tanto aplicable el régimen previsto en la
LRJPAC 30/1992 y su reglamento que sobre el procedimiento sancionador la desarrolla.
Los incumplimientos del presente contrato se tipifican con las siguientes faltas:
1. Faltas leves
Serán faltas leves de la persona adjudicataria en el desarrollo de los servicios:
 3 de 17


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
• Incumplimiento de los periodos de ejecución de las distintas labores en más de siete días
respecto al señalado en el encargo por el personal responsable del Ayuntamiento.
• Inadecuada o insuficiente ejecución de las labores objeto del contrato.
• Falta de los elementos precisos para la ejecución del contrato.
• Utilización de productos inadecuados, sin que los mismos causen daños a los elementos objeto
del contrato.
2. Faltas graves
Son faltas graves imputables a toda persona adjudicataria:
• Reiteración en la comisión de una infracción leve.
• Inadecuada o insuficiente ejecución de las labores objeto del presente contrato, en más de tres
labores durante el periodo de un mes a contar desde la primera.
• Utilización de productos inadecuados, cuando su uso cause daños a los elementos objeto del
contrato.
• El trato vejatorio a las personas usuarias de las zonas objeto de mantenimiento, salvo que
revistiese características tales que le calificasen como de muy grave.
• La falsedad o falsificación de los servicios.
• En general el incumplimiento grave de los deberes y obligaciones, tanto con personas usuarias,
como con el Ayuntamiento, y la comisión de tres faltas leves en el transcurso del periodo de
duración del contrato.
• Incumplimiento de los compromisos ofertados y que han servido como criterio de adjudicación.
3. Faltas muy graves
Son faltas muy graves de toda persona adjudicataria en el desarrollo del servicio, las siguientes:
• La reiteración o reincidencia de las faltas graves.
• Inadecuada o insuficiente ejecución de las labores objeto del presente contrato, en más de seis
labores durante el periodo de un mes a contar desde la primera.
• El retraso o suspensión en la prestación del servicio igual o superior a 15 días, así como el
abandono del servicio.
• La notoria falta de rendimiento, la prestación incorrecta y defectuosa del servicio, tanto en su
calidad como en la cantidad.
• La negativa infundada a realizar los servicios o tareas ordenados por escrito por el personal
técnico municipal, siempre que ésta sea una actitud directamente imputable a la empresa o las
personas responsables de la misma.
• Las ofensas verbales o físicas o el trato vejatorio grave a las personas usuarias.
• En general, las acciones u omisiones que supongan infracción o incumplimiento del servicio
objeto de la contratación y las características del mismo que se opongan, manifiesta y
notoriamente a éste pliego y a la oferta presentada.
• Subarrendar, ceder o traspasar los derechos y obligaciones dimanantes del contrato sin
autorización del Ayuntamiento.
Las sanciones a imponer en caso de cometer alguna de las faltas tipificadas en este pliego
serán las siguientes:
 4 de 17


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
1. La comisión de una falta leve dará lugar, previo expediente instruido al efecto por el Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento dependientes del Ayuntamiento de Viana, con audiencia de la
persona adjudicataria, a la imposición de multa por importe de hasta 100 euros.
2. La comisión de una falta grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto por el Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento dependientes del Ayuntamiento de Viana, con audiencia de la
entidad contratante, a la imposición de multa de hasta 500 euros.
3. La comisión de una falta muy grave dará lugar, previo expediente instruido al efecto por el
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dependientes del Ayuntamiento de Viana, con audiencia de
la entidad contratante, a la imposición de multa de hasta 1.200 euros.
4. La acumulación de dos faltas graves en el periodo de tres meses podrá dar lugar a la
revocación del contrato.
5. Asimismo, la comisión de dos faltas graves o una muy graves dará lugar, previo expediente
instruido al efecto, a la revocación del contrato correspondiente, todo ello sin perjuicio de la
responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar.
6. La reiteración de faltas graves o muy graves supondrá la resolución de todos los contratos
adjudicados a dicha entidad, con las consecuencias previstas en la legislación de contratos.
La persona adjudicataria, deberá en todo caso reparar el daño que cause, sin perjuicio de la
exigencia de responsabilidad a que el hecho diera lugar.
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los mismos en los
pagos o, en su caso, de la fianza. En este último caso, el adjudicatario deberá reponer la totalidad de la
fianza dentro de los quince días siguientes.
14. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Serán causas de resolución de los contratos, además de las señaladas en estas cláusulas
administrativas y en la Ley Foral 6/2006, las siguientes:
a) El incumplimiento por toda persona adjudicataria de cualquiera de las condiciones establecidas
este pliego o de las específicamente consignadas en el contrato.
b) El hecho de que toda persona adjudicataria con posterioridad a la adjudicación incurra en alguna
de las causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar establecidas por la legislación
vigente de contratos.
c) El retraso en un mes en el comienzo de la ejecución del contrato o de su suspensión por igual
plazo.
d) Muerte de la persona contratista individual o extinción o disolución de la persona jurídica.
La resolución de los contratos se atendrá a los requisitos exigidos en la Ley Foral 6/2006.
Si el contrato se resuelve por causas imputables a la persona empresaria le será incautada, en
todo caso, la fianza y deberá indemnizar al Ayuntamiento por los daños y perjuicios en cuanto el importe
de los mismos exceda de aquélla.
El Ayuntamiento podrá dejar sin efecto el contrato antes del vencimiento, si lo justificasen
circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante el resarcimiento de los daños que se
causaren, en la forma y con los efectos determinados por la legislación de contratos de las
Administraciones Públicas.
 5 de 17



AYUNTAMIENTO
DE VIANA
15. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas
que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y
determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos
establecidos en la Ley Foral 6/2006.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto conforme a
los criterios fijados en este pliego para determinar la oferta más ventajosa.
17. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas
que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de
las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 18 de la Ley Foral 6/2006.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder
bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro
de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro
caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además los licitadores deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación
directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos
personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
18. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
Los licitadores podrán presentar sus proposiciones en el Registro del Ayuntamiento del
Ayuntamiento de Viana (Plaza de los Fueros 1-31230-Viana), en horario de 10:00 a las 14:00 horas de
lunes a viernes, así como en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre de R.J.A.P. y Procedimiento Administrativo común, en el plazo de 18
DÍAS NATURALES contados a partir de la fecha de publicación del anuncio de licitación.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de
imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la
oferta mediante télex, telegrama o fax (948 446212) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos
 6 de 17


AYUNTAMIENTO
DE VIANA
requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad
a esa fecha y hora de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a
la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
El escrito de solicitud contendrá la identificación del licitador que se presente, haciendo constar
expresamente una dirección postal, teléfono, fax y dirección de correo electrónico a efectos de
comunicaciones.
Con la presentación de la proposición, se presume que el licitador acepta incondicionalmente el
contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego, sin salvedad alguna.
Las proposiciones se presentarán en sobre único, en el que se incluirán otros tres, debiendo
estar todos ellos cerrados y firmados por el licitador y que contendrán la siguiente leyenda “SOLICITUD
DE PARTICIPACIÓN EN LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS
VERDES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE VIANA”, y los siguientes documentos:
Sobre n° 1: ""Documentación acreditativa de la capacidad y la solvencia del licitador" :
a) Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones exigidas para
contratar.
b) Documentos para la justificación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional
en los términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio de Contratos
Públicos:
• Solvencia económica y financiera: cualquiera de los medios del Art.13.2 de la LF 6/2006.
• Solvencia técnica o profesional: cualquiera de los medios del Art. 14.2 de la LF 6/2006.
Sobre n° 2: "Documentación Técnica"
Plan de Trabajo y documentación relativa a los apartados “Medios humanos” y “Medios
materiales” señalados en los criterios de adjudicación, a efectos de la adecuada valoración de
los mismos; y cuanta otra documentación estime oportuna el oferente para la valoración de su
oferta.
Sobre n° 3: "Proposición económica"
Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
D____________________________________________________, con domicilio en, CP.
_____________, D. N. I. _________________, teléfono.______________ en plena posesión de su
capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
___________________________________________________________________), con domicilio
en.____________________________________________________, CP._____________, teléfono
______________________, D.N.I. o C. I. F. _________________(según se trate de persona física o
jurídica), enterado del procedimiento convocado por el Ayuntamiento dependientes del Ayuntamiento de
Viana, para la contratación del servicio de “DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS
VERDES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE VIANA”, declaro:
1_) Que me comprometo a su ejecución por el precio de ____________________ Euros
 7 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
anuales, más _______________ Euros, correspondientes al 16% de I.V.A, debiendo entenderse
comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de
cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2_) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y
acato en su totalidad.
3_) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos
por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento, así como capacitación para la
prestación de la asistencia objeto del pliego; y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones
de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones
vigentes.
4_) Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el
artículo 18 de la Ley Foral 6/2006, ni en causa de exclusión alguna para el presente procedimiento de
licitación.
En..............................., a...............de.......................................de 2008.
Firma
Dada la naturaleza del procedimiento, no se admite la introducción de variantes en las
proposiciones.
19. ADJUDICACION Y FORMALIZACION
Al órgano de contratación corresponde la adjudicación del concurso y, a tal fin, resolverá en
orden a la proposición que considere más ventajosa para los fines del mismo sin que necesariamente
tenga que coincidir con la oferta económica más favorable sino que en la adjudicación se seguirá el
siguiente baremo:
hasta
1.Medios humanos a emplear ............................................................ 15 puntos.
2.Plan de trabajo ................................................................................. 20 puntos
3.Medios Materiales ............................................................................ 15 puntos
4.Oferta económica ............................................................................. 50 puntos
En el apartado "Medios humanos" se valorará la composición de la plantilla de personal a
emplear en el presente contrato y su adecuación al desarrollo de las tareas a realizar. Se valorará, tanto
el número como la adecuación del perfil de los medios humanos, realmente destinados a la ejecución
del presente contrato.
En el apartado "Plan de trabajo" se explicará, entre otras, la organización y métodos previstos
para atender todas las tareas a realizar, adscripción a las mismas del personal necesario, calendario
más adecuado para la ejecución de las mismas, y en su caso enumeración y especificación de las horas
previstas para la ejecución de cada una de las tareas.
En el apartado "Medios materiales" se relacionarán sucintamente los que vayan a utilizarse en
el cumplimiento del contrato, explicándose con detalle criterios y procedimiento de aplicación o
utilización de las mismas.
 8 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
En el apartado "Oferta económica".La máxima baja: 50 puntos. Las siguientes ofertas tendrán
una puntuación proporcional a su porcentaje de baja, respecto al máximo porcentaje de baja.
En el supuesto de que se produjera un empate en el cómputo total de la puntuación a adjudicar
de conformidad con los distintos criterios de adjudicación, el órgano de contratación adjudicará
preferentemente el contrato a aquel oferente que, en el momento de acreditar su solvencia técnica,
tenga en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad no inferior al 3 %, y así lo haya
acreditado. Subsidiariamente, el empate se resolverá conforme se establece en el artículo 51.3 de la
Ley Foral 6/2006.
El Ayuntamiento dependientes del Ayuntamiento de Viana podrá declarar desierto el
procedimiento si ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a los fines de aquél.
19.2. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación tendrá las funciones que la legislación de contratos y este pliego le
atribuyen y estará formada, de conformidad con lo previsto en el artículo 228 de la Ley Foral 6/1990, de
2 de julio, de la Administración Local de Navarra con la siguiente composición:
Presidente.- D. Gregorio Galilea Arazuri, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.
Vocal : D. Javier Carlos Bonafau Navarro, Concejal del Ayuntamiento.
Vocal : Dña Yolanda González García, Concejal del Ayuntamiento.
Vocal: D. Jesús Angel Armañanzas López, Concejal del Ayuntamiento.
Vocal: D. Santiago Cariñanos Martínez, Concejal del Ayuntamiento.
Vocal : Dña Teresa Echarri San Martín, Interventora del Ayto.
Vocal – Secretario: Dña Mª Asunción Gil Barnó, Sra. Secretaria del Ayto. de Viana.
La Mesa podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuántos informes considere precisos y
se relacionen con el objeto del contrato.
La adjudicación se realizará dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
la apertura de las proposiciones económicas.
19.3. APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO
La Mesa de Contratación, procederá en acto público, a la apertura y lectura de los sobres de
Proposición Económica presentados y admitidos al procedimiento. Con carácter previo, se comunicará a
los oferentes el día, hora y lugar de apertura de los sobres de la Proposición económica, para posibilitar
su asistencia, si así lo desean.
Previamente al mismo, la Mesa procederá, en acto interno, a la apertura y análisis de los sobres
de "Documentación Administrativa", calificándola y resolviendo la admisión de los licitadores que hayan
 9 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
presentado en tiempo y forma la documentación exigida.
Si la Mesa observase defectos en la documentación administrativa presentada o la considerase
incompleta, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a cinco días para su posible
subsanación, debiendo presentarse la documentación requerida en el Registro del Ayuntamiento
dependientes del Ayuntamiento de Viana, en el plazo que se establezca. No obstante lo anterior, la
Mesa podrá admitir provisionalmente a los oferentes que presentaren la documentación con defectos
materiales o incompleta, y requerirles la subsanación de las mencionadas omisiones y/o defectos, en el
plazo que se señale y con carácter previo a la adjudicación, caso de que la Mesa considerara su oferta
la más ventajosa.
Seguidamente –si no se realizara en el mismo acto de examen de la documentación
administrativa-, y también en acto interno, la Mesa procederá a la apertura y análisis de los sobres
de "Documentación Técnica" de las empresas admitidas con el fin de otorgar los puntos de los criterios
de adjudicación 1, 2, y 3 establecidos en la Cláusula 19.1 de este Pliego. En el acto público de apertura
de los sobres de "Proposición Económica" y con anterioridad a la misma, se procederá a la lectura de
las Actas de admisión y de valoración de los citados criterios de adjudicación.
Por la Mesa de Contratación se efectuará la propuesta de adjudicación, señalando en todo caso
las estimaciones que, en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el presente Pliego, se
realicen de cada proposición. La Mesa podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuántos informes
considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el Organo de Contratación.
La adjudicación será notificada al adjudicatario, el cual, en el plazo de quince días hábiles
contados desde el siguiente al de la notificación, deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Constituir la garantía definitiva y complementaria, si se exigieren.
b) Comparecer, finalmente, en esta Administración para formalizar el contrato en documento
administrativo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la
Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con reclamación
de indemnización de daños y perjuicios, y con incautación de la garantía provisional.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
20. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no
previsto en él se estará a lo dispuesto en las normas aplicables a la contratación de las
Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el
resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este pliego.
21. JURISDICCION COMPETENTE
 10 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción
contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus
litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Viana, junio de 2008
 11 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACION DE ASISTENCIA POR
PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN ORDINARIA PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS
ZONAS VERDES DEPENDIENTES DEL AYUNTAMIENTO DE VIANA
A- Descripción de las labores.
El servicio que ha de prestar el adjudicatario alcanza a la realización, en la totalidad de las zonas verdes
reflejadas en el presente Pliego (Anexo 1), de las labores tendentes a conservarlas en perfecto estado
fitosanitario y ornamental y en perfectas condiciones de seguridad, así como a su mejora en el tiempo
por la aplicación de dichas labores.
Las labores que se detallan a continuación se realizarán ajustándose a las condiciones particulares de
este Pliego.
El adjudicatario, con el personal idóneo en número, competencia profesional y a su cargo a todos
los efectos, así como los equipos de maquinaria y herramientas de tipos, sistemas y características
modernas y eficaces, deberá de disponer de un teléfono móvil para su contacto con el Concejal
de Parques y Jardines y atenderá debidamente en tiempo y forma la realización de las labores que se
detallan a continuación:
1- Limpieza.
El personal dependiente del adjudicatario dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de
todas las superficies ajardinadas incluidas en este pliego.
Se entiende esta labor como la eliminación diaria de todo tipo de objeto extraño a la zona verde
(plásticos, papeles, botellas, piedras, basura en general, etc.), así como la eliminación de todo tipo de
restos vegetales muertos y excrementos y en general todo elemento ajeno a la zona verde.
2- Riego y poda de árboles y arbustos.
Las operaciones de riego manual se realizarán sobre todos los árboles y arbustos que se encuentren
incluidos en las zonas objeto de concurso y que no dispongan de sistemas de riego automatizado
(arbolado en alcorque viario, árboles y arbustos en zonas de praderas y/o regatas, etc.). También
se realizarán riegos de apoyo sobre árboles y arbustos existentes en las zonas verdes con riego
programado, siempre que los servicios técnicos del Ayuntamiento de Viana lo estimen necesario.
Los elementos vegetales se regarán esporádicamente en las épocas del año que fuese necesario,
dependiendo de las condiciones edafo-climáticas y de las especies existentes. El riego se realizará de
tal forma que todos los elementos vegetales encuentren el suelo en todo momento el porcentaje de
agua útil necesario para su óptimo crecimiento y desarrollo.
Las tomas de agua se harán en aquellos puntos que se indiquen. Toda captación de agua que se
realice al margen, será de responsabilidad de la empresa adjudicataria Independientemente del tipo
de riego considerado, el número mínimo de riegos anual no será nunca inferior a ocho, distribuidos
uniformemente desde el inicio de la actividad vegetativa del árbol hasta su parada.
Las cantidades de agua a suministrar por riego, son:
Árboles........................ 100 litros/Ud.
Arbustos...................... 50 litros/Ud.
Plantones..................... 30 litros/Ud.
Setos............................ 40 litros/Ud.
La empresa adjudicataria deberá disponer de las correspondientes cisternas y motobombas de carga y
 12 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
descarga, así como mangueras de longitud suficiente.
3- Corte de césped.
Los céspedes se mantendrán a una altura aproximada de entre 4 y 6 centímetros. Se darán las
siegas necesarias, tantas veces como alcance la hierba 10 cm. de altura comenzando a principios de
primavera y terminando al final de otoño, según lo marquen las condiciones climatológicas. Previamente
a cada corte de césped se realizará el recorte de bordes mediante desbrozadota con cabezal de nylon.
La hierba resultante del corte será retirada y transportada a vertedero, en aquellas zonas en las que lo
establezca el Ayuntamiento.
Se evitarán las siegas en tiempo húmedo a fin de anular apelmazamientos innecesarios en el terreno y
desigualdad en el corte.
En los límites de las áreas de césped (isletas), y con objeto de que éste no invada otros elementos, se
realizará periódicamente un recorte de la superficie encespedada.
El riego automático será programado por el contratista.
4- Siega de praderas.
Con esta operación nos referimos al corte de vegetación herbácea en aquellas zonas verdes que no
tienen riego programado (praderas naturales). La siega se realizará con maquinaria autopropulsada
de corte de cuchillas en “ y ” o similar, en las zonas llanas y con desbrozadota manual, con cabezal de
nylon en aquellas en las que la pendiente no aconseje la utilización de maquinaria autopropulsada.
En ambos casos el número de siegas no será inferior a ocho (aproximadamente uno al mes desde Mayo
hasta Septiembre, ambos inclusive).
5- Desbroces.
Esta labor se realizará para controlar la vegetación herbácea que crece de forma natural (básicamente
en el cauce de las regatas) y se llevará a cabo al menos seis veces al año mediante el uso de
desbrozadora manual con cabezal de nylon.
6- Perfilado de bordes.
El objeto de esta labor es mantener el trazado de los céspedes en los límites con caminos, aceras u
otros, e impedir que el primero invada los segundos.
El perfilado se realizará una vez al año, para ello se utilizarán palas de corte o máquinas perfiladoras de
cuchilla y se arrancará la parte sobrante incluidas las raíces de esta.
7- Alcorques.
Mediante esta labor se debe mantener en todo momento los alcorques de árboles y arbustos libres de
vegetación herbácea, correctamente perfilados y cubiertos de compost, por otra parte el tamaño del
alcorque deberá ser proporcional al tamaño de la planta que alberga.
8- Escardas.
Tanto las zonas de parterres arbustivos y especies tapizantes existentes en medianas, rotondas y
taludes, así como los setos y alineaciones del área objeto de concurso, deberán estar desprovistos,
 13 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
en todo momento de vegetación invasora o malas hierbas, para lo cual se realizarán al menos tres
escardas al año.
9- Escarificado y aireado-recebado.
El escarificado tiene como finalidad la eliminación de la capa de fieltro del césped, con el fin de no
impedir que el agua y el aire circulen libremente. Esta labor se realizará en todos las superficies con
césped una vez al año, en primavera, después del primer corte, con medios mecánicos adecuados,
como son los pasadores de cuchillas verticales diseñados para esta labor.
El aireado consiste en descompactar la capa superficial del sustrato mediante la extracción de tacos
cilíndricos de éste, consiguiendo un mejor desarrollo radicular y una mayor resistencia mecánica del
césped. Esta labor se realizará a principios de otoño con medios mecánicos adecuados, como ser los
aireadores rotativos a motor.
Tanto en el escarificado como en el aireado inmediatamente después de la ejecución de la labor, los
materiales resultantes de la misma, serán retirados de la zona tratada.
Por otra parte una vez concluido el aireado y retirados los restos de este, se procederá al recebado
de toda la superficie mediante la utilización de carro esparcidor en las zonas con tamaño suficiente y
manualmente en aquellas que no sea posible su utilización. El recebado se realizará con recebo de 1ª
(75% de arena de sílice + 25% de compost), a razón de 3-4 kg/m².
10- Tratamientos fitosanitarios.
Los tratamientos fitosanitarios son susceptibles de aplicación sobre todos los elementos vegetales
existentes en la zona de adjudicación del mantenimiento, estos tratamientos irán encaminados a
controlar las plantas adventicias, las enfermedades criptogámicas y las plagas de los céspedes,
praderas, árboles y arbustos.
Los productos utilizados serán siempre que sea posible, ecológicos y en todo caso de baja toxicidad.
Será el servicio técnico del Ayuntamiento el que determinará en todos los casos la conveniencia de las
aplicaciones, debiéndose realizar estas previa autorización y bajo supervisión del citado servicio técnico.
11 Resiembras.
Con el fin de mantener en todo momento la cobertura total del suelo en las zonas encéspedas, una vez
al año, en otoño, se procederá a la resiembra de calvas, rodadas y en general de todas las zonas que
hayan sufrido daños dentro de las superficies con césped, en todo caso y al igual que en el resto de
labores contratadas, las resiembras se harán siguiendo las determinaciones establecidas en las Normas
Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo.
12- Instalaciones de riego.
Las actividades que se engloban dentro de este apartado se describen a continuación, si bien la
empresa adjudicataria del mantenimiento, debe garantizar en todo momento un adecuado aporte de
agua a todos los elementos vegetales, para garantizar su correcto desarrollo y potencial estético.
Sistema de riego
Dada la influencia determinante del correcto funcionamiento del riego en el mantenimiento y aspecto
general de las zonas verdes y material vegetal, se considera fundamental el seguimiento, control y
mantenimiento (en sus aspectos de verificación y reparaciones) del sistema de riego.
 14 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
- Anualmente , previamente al inicio de la nueva campaña de riego ( mes de Abril ) se revisará el
funcionamiento de la instalación efectuándose las siguientes labores :
 - Sustitución aspersores rotos o sustraídos
 - Limpieza aspersores que no giren
 - Comprobación tarado electroválvulas
 - Limpieza difusores con dificultades en la emergencia y / o boquillas sucias.
 - Comprobación exhaustiva del funcionamiento de las zonas de goteo, observando los bulbos
húmedos y reparando posibles roturas y obstrucciones y revisando todos los componentes de la
instalación
 - Comprobación funcionamiento automático de la instalación,
 - Semanalmente, desde el comienzo de la temporada de riego hasta el fin de esta, se realizará una
inspección comprobando los siguientes aspectos :
 - aspersores rotos o sustraídos
 - aspersores que no giren
 - difusores con dificultades en la emergencia y / o boquillas sucias.
- Las reparaciones que se vayan detectando diariamente deberán ser reseñadas y reparadas a la
máxima brevedad.
El seguimiento y control debe ser sistemático y preventivo, respecto al mantenimiento de la zona verde
se deben detectar las disfunciones antes de que repercutan en el estado de la vegetación.
Los aspersores, electroválvulas, difusores, arquetas, piezas de recambio de bombas, filtros,
programadores y otros elementos de control, serán por cuenta del Ayuntamiento, no así la colocación de
estos elementos que serán por cuenta del adjudicatario.
Asimismo serán por cuenta del adjudicatario los abonos, productos fitosanitarios, mangueras de riego,
máquina cortacésped y resto de herramientas necesarias para el desarrollo de sus funciones.
ANEXO 1.
Zonas verdes incluidas en el presente pliego:
• Plaza San Miguel: poda árboles
• C/Serapio Urra: poda árboles
• Barrio de Salcedo: desde la carretera césped, arbolado, desbroce, riego y taludes.
• Barrio San José y Sancho VII El Fuerte: césped y arbolado.
• Barrio San Luis Gonzaga y C/Tierra Estella: setos, arbolado y riego.
• Barrio La Solana: Césped, setos, arbolado, desbroce y riego.
• Muro debajo de San Pedro: Césped, arbolado, desbroce y riego.
 15 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
• Paseo del Muro: Setos, arbolado y riego.
• Avda de Santiago: Césped,setos, arbolado y riego.
• Hogar del Jubilado: Césped, arbolado y riego.
• Fuente Vieja: Césped, arbolado y riego.
• Plaza Oroz : Arbolado y riego.
• Jardín junto al Bar la Bolera
• Parque de San Pedro: césped, arbolado y riego.
• Barrio de los Pinos: Césped, arbolado y riego.
• Barrio de Santa María Magdalena: Setos, jardín, arbolado y riego.-
• Barrio de Amayur: Setos, jardín, arbolado y riego.
• Barrio de Santo Nicasio: Setos, arbolado, desbroce y riego.
• Bajada C/La Pila (debajo del frontón): setos, arbolado, desbroce y riego.
• Jardín C/La Pila: setos, arbolado, desbroce y riego.
• Grupo escolar: Seto, césped, arbolado y riego.
• Jardines Residencia de Ancianos: Césped, arbolado y riego.
• Urbanización el Hoyo: césped, arbolado y riego.
• Plaza de los Fueros, parque y alrededores Iglesia de Sta. María: césped, riego y poda árboles.
• Polideportivo: setos, arbolado y riego.
• Rotondas del Polígono (cinco)
• Urbanización Sector SR-4 incluidas rotondas: riego, arbolado, césped , setos y limpieza de la hierba
de la zona sur.
• Carretera Pamplona: riego, arbolado, limpieza de seto y corte.
• Rotonda PDC-1 y arbolado.
• San Felices: riego, arbolado y césped.
• Frontón viejo: riego, arbolado y césped.
• Talud “El Tostadero” (C/San José): riego y arbolado.
• Jardines Tierra Estella: riego, arbolado, césped y talud.
• Plaza de La Bréde: césped, arbolado y riego.
 16 de 17

AYUNTAMIENTO
DE VIANA
• Mirador Sierra de Codés: césped y riego.
• C/Santo Nicasio nº 5: árboles y jardín.
• Avda Santiago: Parque infantil y Fuente del Peregrino: arbolado, riego y césped.
• Plaza D. Pablo Antoñana y alrededores: árboles, seto y riego.
• Rotondas y medias lunas del campo de fútbol. Césped, riego y árboles alrededor del Campo de
Fútbol.
• Poda de los árboles del aparcamiento de las piscinas municipales.
• Cementerio nuevo: césped, arbolado, setos y riego.
 17 de 17