martes, 30 de agosto de 2011

Queja de los usuarios de las Piscinas Municipales de Viana


Debido a las quejas de varios usuarios de las piscinas municipales de Viana, UPN-VIANA tramitó en las oficinas del Ayuntamiento la instancia con los problemas que habían encontrado los vecinos y solicitando que se llevase a cabo un análisis del estado de las mismas.


Esta misma semana se han tomado las medidas higiénico-sanitarias pertinentes en el Complejo Deportivo Príncipes de Viana.



UPN VIANA - TRABAJAMOS DÍA A DÍA POR TÍ.

NOS MOVEMOS POR VIANA.


jueves, 25 de agosto de 2011

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE ENSEÑANZA DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE IDIOMAS

BOLETÍN Nº 205 - 17 de octubre de 2011

Ordenanza reguladora del precio público por la prestación
de servicios de enseñanza de la Escuela Municipal de Idiomas


Artículo 1. Los precios públicos objeto de esta Ordenanza se establecen al amparo de lo dispuesto en los artículos 28 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra.
Artículo 2. Estarán obligados al pago del Precio los alumnos que soliciten la prestación del servicio en cada curso. La obligación de pago nace en el momento de la matriculación en los respectivos cursos, y deberá ser satisfecha por quienes cursen el mismo, o sus representantes legales en caso de ser menor de edad.
Artículo 3. Las inscripciones se realizarán en los plazos establecidos al efecto. La inscripción se realizará mediante la cumplimentación del documento adjunto como Anexo 1.
Artículo 4. Los precios se cobrarán trimestralmente, no devolviéndose la parte proporcional del mismo para los alumnos que se den de baja a lo largo del trimestre. Solamente se admitirán bajas por causas graves justificadas (ej. Cambio domicilio a otro municipio), surtiendo efecto para el trimestre siguiente al de la solicitud de baja.
Procedimiento para las bajas: Para formalizar dicha baja se deberá rellenar una instancia (facilitada en el Ayuntamiento, a través de la página web u oficinas, o en el Centro Joven) con anterioridad a las fechas que se especifican a continuación, del año correspondiente al curso escolar al que el alumno/a se haya matriculado:
Baja para el primer trimestre: Antes del 5 de septiembre.
Baja para el segundo trimestre: Antes del 31 de diciembre.
Baja para el tercer trimestre: Antes del 31 de marzo.
El pago del precio de la matrícula no se devolverá en ningún caso.
En caso de inscripción con el curso comenzado se abonará la matrícula completa y las asignaturas por trimestres naturales, desde el trimestre en el que se inscribe hasta el último trimestre lectivo.
Todo aquel que durante el curso anterior haya incurrido en impagos, antes de matricularse para el siguiente deberá en primer lugar ponerse al corriente de los recibos pendientes y en segundo lugar pagar todo el nuevo curso por adelantado.
Artículo 5. El precio se cobrará trimestralmente según los datos recogidos en el Cuadro de Tarifas adjunto, y tendrá un incremento cada curso de la subida del Índice de Precios al Consumo de Navarra, redondeando el importe al número entero inmediatamente superior, salvo que el Ayuntamiento adopte acuerdo en contrario.
-En la primera quincena de octubre: Matrícula y cuota primer trimestre.
-En la primera quincena de enero: Cuota segundo trimestre.
-En la primera quincena de abril: Cuota tercer trimestre.
Cuadro de tarifas

PRIMER
TRIMESTRE
(septiembre - diciembre)
SEGUNDO TRIMESTRE
(enero - marzo)
TERCER TRIMESTRE
(abril - junio)
Matrícula
60


Inglés, Francés, Euskera
1 hora / semana
40
40
40
Inglés, Francés, Euskera
2 horas / semana
100
100
100
Apoyo Escolar
2 horas / semana
100
100
100
Artículo 6. Los alumnos matriculados serán asignados a la correspondiente clase por el personal responsable de la coordinación de la Escuela, sin que en ningún caso sea admisible la elección del profesor por el matriculado, ni condicionar la realización del curso o la continuidad en el mismo, de la asignación de alumno a un profesor concreto. Se establecerá un mínimo de alumnos para cada curso.
Artículo 7. En cuanto el régimen de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto al respecto en la Ley de Haciendas Locales de Navarra.
DISPOSICION FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor, produciendo plenos efectos jurídicos, una vez haya sido publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Navarra para inicio de curso escolar.
Código del anuncio: L1116260